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¿Qué es el SOAT?

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El Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT) tiene como propósito garantizar la atención médica inmediata e incondicional de quienes sufran lesiones físicas, invalidez y/o muerte durante un accidente de tránsito. Por ello, todos los vehículos automotores que circulen por el territorio nacional deben contar con el SOAT.

El SOAT no solo protege al conductor, sino también al resto de ocupantes del vehículo y de transeúntes víctimas del accidente. Esto significa que no importa la causa del mismo: todos serán atendidos, sin límite de personas afectadas.

A diferencia de otros seguros, las sumas aseguradas no se reducen con la ocurrencia de los accidentes. Tampoco se necesita pronunciamiento de autoridad alguna para socorrer a las víctimas. Incluso, las indemnizaciones se pagarán sin que haya investigación sobre la responsabilidad del accidente.

Hitos del SOAT

  • 1986

    Se publica el Código de Tránsito y Seguridad Vial, que obliga a todo vehículo a contratar una póliza de Responsibilidad Civil.

  • 1985

    Se publican Decretos Supremos que obligan a los vehículos del servicio interprovincial y urbano a contratar un seguro por accidentes de tránsito.

  • 1999

    Se publica la Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre, que incluye el actual SOAT.

  • 2000

    Se emite el Reglamento de la Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre.

  • 2002

    1 de julio. Entra en funcionamiento el SOAT.

  • 2017

    30 de julio. Se realiza el lanzamiento del SOAT digital.

Si hablamos de riesgos, el SOAT cubre las siguientes eventualidades para toda persona, ocupante o tercero no ocupante de un vehículo automotor asegurado:

tombstoneMuerte
c/u cuatro (4) UIT
silla-de-ruedasInvalidez permanente c/u hasta cuatro (4) UIT
tombstoneIncapacidad temporal c/u hasta una (1) UIT
silla-de-ruedasGastos médicos c/u hasta cinco (5) UIT
tombstoneSepelio
c/u hasta una (1) UIT

(*) El valor de la UIT (Unidad Impositiva Tributaria) será el que corresponda a la del año en que ocurrió el accidente de tránsito.

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Existen situaciones muy específicas por las que el SOAT no cubre los daños en un accidente vehicular. A continuación te contamos cuáles son:

  • Daños causados en carreras de automóviles y/o competencias de vehículos motorizados.
  • Daños ocurridos fuera del territorio nacional.
  • Daños ocurridos en lugares no abiertos al tránsito público.
  • Daños ocurridos como consecuencia de guerras, eventos de la naturaleza u otros casos fortuitos o de fuerza mayor, originados por causas ajenas a la circulación del vehículo automotor.
  • El suicidio y la comisión de lesiones auto inferidas.

Beneficios del SOAT

Contar con un SOAT no solo es obligatorio, sino que ofrece grandes
beneficios, tales como:

  • Protección al conductor, pasajeros del vehículo y peatones.
  • Activación automática, es decir no necesita del pronunciamiento o autorización de alguna autoridad.
  • Atención médica inmediata a las víctimas frente a accidentes de tránsito.
  • Cobertura de los gastos por lesiones e indemnizaciones por incapacidad y fallecimiento.

Obligaciones de los asegurado

Para hacer efectiva la cobertura, la persona que adquiere el SOAT (asegurado) deberá cumplir lo siguiente de manera obligatoria:

  • Declarar el verdadero uso del vehículo automotor.
  • Pagar la prima correspondiente contraentrega del correspondiente certificado de seguro.
  • Mantener este uso durante la vigencia de la póliza. De lo contrario, el asegurado deberá comunicar los cambios a la compañía de seguros, de manera oportuna y por escrito. Así, la aseguradora podrá modificar el certificado de seguros según corresponda al nuevo uso e, incluso, cobrar o devolver la prima que corresponda.
  • Impedir que el vehículo automotor lo manejen menores de edad, personas sin brevete o que, teniéndolo, no corresponda a la categoría del vehículo asegurado. Tampoco debe permitir que lo conduzcan personas en estado de ebriedad, bajo efectos de las drogas o bajo perturbación de sus facultades físicas o mentales.
  • Si el propietario transfiere el vehículo, también deberá comunicarlo a la compañía de seguros en un plazo de cinco (5) días de ocurrido el hecho.
  • Comunicar inmediatamente de la ocurrencia del accidente de tránsito a la aseguradora, salvo caso de impedimento debidamente justificado.
  • Dejar constancia del accidente de tránsito en la comisaría de la Policía Nacional del Perú más cercana. Para ello, deberá mostrar el certificado de seguro correspondiente a la póliza en vigencia.
  • Formalizar por escrito el aviso de la ocurrencia del siniestro a la compañía de seguros.

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